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SAT confirma que la obligación del IETU correspondiente a 2011 se presentará en la declaración anual.
La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 establece en su Artículo 21 fracción II numeral 1, la obligación de presentar una declaración informativa del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) por el ejercicio 2011.
Al respecto, dicho numeral señala que los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas de carácter general. La información a que se refiere este inciso se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.
A través de las reglas de carácter general el SAT señala que estos conceptos se presentarán de acuerdo con el formato que contiene el listado de conceptos que se encuentra en la página de Internet del SAT, y a través de un aviso en la referida página, señala:
La información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única de los ejercicios 2010 y anteriores se presenta mediante el programa electrónico Listado de conceptos del impuesto empresarial a tasa única, IETU.
La información de los conceptos antes señalados correspondientes a los ejercicios 2011 y posteriores de conformidad con lo señalado en la fracción II del artículo 21 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, se debe presentar mediante los programas electrónicos para la presentación de la Declaración Anual de personas morales (DEM) o, en su caso, de la Declaración Anual de personas físicas (DeclaraSAT). |